"ARTICULO 96 :Además de lo señalado en el Artículo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y de los municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

X.- En lo relativo a la ejecución de una obra pública, en un lugar visible en el sitio de ejecución de la obra e impresa en una superficie no menor a 2 metros de altura por 3 metros de ancho, la siguiente información: a) Nombre del proyecto; b) Monto total de la inversión y origen de los recursos; c) Descripción cuantitativa de la obra; d) Fecha de inicio de la obra; e) Fecha de terminación de la obra; f) Nombre de la persona a quien se adjudicado la obra; g) Modo de contratación; h) Personas que participaron en la licitación; i) Responsable de la ejecución de la obra por parte de la persona adjudicada y sus datos de contacto; y j) Responsable de la ejecución de la obra por parte del sujeto obligado y sus datos de contacto.